"Sin querer entrar en el ámbito de orden político y exclusivamente desde el punto de vista institucional, la Federación Nacional de Ganaderos de Venezuela (FEDENAGA), actuando ajustada a lo establecido en sus estatutos sociales y en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, desea fijar posición pública ante los planteamientos realizados por el Ciudadano Presidente de la República Bolivariana de Venezuela.
FEDENAGA expresa su preocupación e inquietud respecto a la proposición presidencial de otorgarles carácter “beligerante” a los dos principales grupos guerrilleros colombianos, expresando además el pedimento de suprimirles el carácter de terroristas que ostentan por la Unión Europea, por casi todos los países Latinoamericanos y por otros Estados Soberanos.
La beligerancia es una institución del derecho de la guerra, rama del derecho internacional que tuvo mucho auge durante el siglo pasado y la primera parte del presente. El derecho de la guerra engloba las normas que regulan la conducta de los contendientes en un conflicto armado e introduce normas para humanizar el comportamiento de los ejércitos. La doctrina distingue entre conflicto internacional, en el cual participan dos o más Estados, y revuelta o insurrección dentro del territorio de un Estado que puede o no convertirse en guerra civil.
El reconocimiento de beligerancia consiste en la constatación de que una insurrección ha alcanzado proporciones de guerra civil, porque la organización rebelde domina una porción apreciable de territorio y ha logrado afirmarse en su lucha contra el gobierno legítimo, todo lo cual justifica atribuir a los insurrectos los beneficios y obligaciones que reconoce el derecho internacional.
El reconocimiento de beligerancia es un acto político que significa la manifestación de respaldo moral a los beligerantes. Este reconocimiento fortalece políticamente a los insurgentes y debilita al gobierno legal contra el cual han irrumpido. El reconocimiento de beligerancia permitiría la internacionalización del conflicto, con todas las consecuencias legales que esto trae.
La doctrina internacional indica que el reconocimiento de beligerancia procede solamente cuando existe una verdadera situación de guerra civil, que significa que el conflicto armado no debe ser una simple revuelta sino un estado general de hostilidades; que los insurgentes controlen una porción de territorio donde cuenten con alguna forma de gobierno; que dispongan de una organización militar propia que les permita ejercer cierto grado de control administrativo y que los insurgentes estén en condiciones de cumplir las normas del derecho humanitario consagradas en el Protocolo II de Ginebra.
En el conflicto interno de Colombia no están dadas las condiciones para reconocer a la guerrilla como fuerza beligerante, ya que no existe en ese país un estado general de hostilidades, ni los grupos guerrilleros tienen control militar ni administrativo de alguna porción del territorio, ni cuentan con una organización militar jerárquicamente organizada (cada Frente Guerrillero tiene autonomía) y, lo más importante, ninguno de los grupos guerrilleros colombianos acata las normas internacionales de la guerra, en lo que se refiere al respeto por la población civil. Todas sus acciones y objetivos militares son contrarios al derecho humanitario y afectan las condiciones de vida de la población civil.
Por otra parte, la calificación de grupos terroristas otorgada al “Ejército de Liberación Nacional” (ELN), a las “Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia” (FARC) y a las “Autodefensas Unidas de Colombia” (AUC); se sustenta en la “Posición Común” del Consejo de la Unión Europea del 27 de Diciembre de 2.001, sobre la aplicación de medidas específicas de lucha contra el terrorismo.
Allí se establece, en su artículo 3, que “se entenderá por grupo terrorista todo grupo estructurado de más de dos personas, establecido durante cierto tiempo, que actúe de manera concertada con el fin de cometer actos terroristas”. De igual manera, se establece en el mismo artículo que se entenderán por actos terroristas, entre otros, “intimidar gravemente a la población”, realizar “atentados contra la vida de una persona que puedan causar la muerte”, realizar “secuestro o toma de rehenes”, realizar “atentados contra la integridad física de una persona”, “causar destrucciones masivas a un gobierno o a instalaciones públicas, sistemas de transporte, infraestructuras…o propiedades privadas que puedan poner en peligro vidas humanas o producir un gran perjuicio económico”, etc.
La “Federación Nacional de Ganaderos de Venezuela” (FEDENAGA) alerta al país y especialmente a los productores del campo sobre las nefastas consecuencias que, tanto en el orden interno como internacional, se derivarían de la aprobación de la propuesta del ciudadano Presidente de Venezuela. Al formularla, se les está otorgando una “carta de buena conducta” a estos grupos terroristas y criminales que han causado muertes de inocentes, torturas, terror, desequilibrios familiares y violación de derechos humanos, especialmente del derecho a la vida. Igualmente, al atribuírsele el carácter de grupos beligerantes se les estaría permitiendo acampar y pedir refugio en territorio venezolano y operar oficialmente en nuestro país, pudiendo incluso institucionalizar su presencia ante Miraflores, cosa completamente inaceptable.
La “Federación Nacional de Ganaderos de Venezuela” (FEDENAGA) exige, de la manera más respetuosa, un pronunciamiento institucional de nuestra Fuerza Armada Nacional debido a la gravedad y seriedad de los planteamientos. Este pronunciamiento lo exigimos en memoria de todos aquellos soldados y oficiales que fueron vilmente asesinados en el ataque guerrillero al puesto militar de Los Bancos en Junio de 1.987; en el ataque guerrillero al puesto militar del Cutufí, en Noviembre de 1.987; en el ataque guerrillero perpetrado en Perijá, en Mayo de 1.988; en el ataque guerrillero realizado en el Cutufí, en Octubre de 1.989; en el ataque guerrillero realizado en el Nula, en Septiembre de 1.991; en el ataque guerrillero realizado en la Charca, en Noviembre de 1.994; en el ataque guerrillero perpetrado al Puesto Fluvial de la Armada en Cararabo, en Febrero de 1.995, y muchos otros ataques realizados por los grupos terroristas colombianos, donde decenas de soldados venezolanos dieron sus vidas en defensa de nuestra integridad y soberanía.
Aparte de la circunstancia anteriormente anotada, la “Federación Nacional de Ganaderos de Venezuela” (FEDENAGA) hace hincapié en la inaceptable discriminación que el gobierno nacional adopta como política para enfrentar el problema de los secuestrados venezolanos, al punto de afirmar, falsamente, que los grupos guerrilleros colombianos no tienen venezolanos secuestrados, cuando lo cierto es que son numerosos los precedentes de liberados y asesinados por dichas guerrillas, así como el frecuente cobro de vacuna materializado especialmente en las zonas fronterizas, a través de emisarios que fungen como sus representantes en el país. Igualmente es rigurosamente cierto que los grupos guerrilleros pagan al hampa común por la entrega de personas secuestradas.
No obstante, para FEDENAGA lo importante es el alto número de venezolanos que se encuentran secuestrados, sin ser realmente relevante en poder de quien se encuentran, por lo que le exigimos al Gobierno Nacional su intervención decidida para conseguir la liberación de todos nuestros compatriotas.
FEDENAGA expresa la necesidad de una coordinación entre el Gobierno Nacional y las instituciones civiles y militares, a fin de desarrollar una política dirigida a conseguir la liberación de los secuestrados venezolanos, incluso con el apoyo del Gobierno Colombiano, así como para frenar la actividad terrorista y criminal de estos grupos en contra de la población venezolana y especialmente en contra de los productores agropecuarios del país.
Finalmente, instamos a la Fuerza Armada Nacional a cumplir con el rol que le establece la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, de velar por la seguridad y defensa de nuestro territorio. "
Ref. Federación Nacional de Ganaderos de Venezuela. Comité Ejecutivo. Fedenaga ante los planteamientos del Presidente de la República Bolivariana de Venezuela. Caracas, 17 de Enero de 2.008
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