En Gaceta Oficial Número 39.088 del lunes 29 de diciembre de 2008, se publicó el Decreto N° 6.585, mediante el cual se exoneran del pago del Impuesto Sobre la Renta los enriquecimientos netos de fuente venezolana provenientes de la explotación primaria de las actividades que en él se mencionan, obtenidos por personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica, residentes en el país
La exoneración del pago del ISLR es para la actividad primaria agrícola, forestal, pecuaria, avícola, pesquera, acuícola y piscícola, realizada por personas naturales y jurídicas, y entidades sin personalidad jurídica. La medida tendrá vigencia desde el 1 de enero de 2009 hasta el 31 de diciembre de 2010. Este beneficio no se aplica a bienes obtenidos de la naturaleza que sufran algún tipo de transformación o industrialización.
Se incluyen en la exoneración del ISLR los procesos de cosecha, trillado, secado y conservación de alimentos; los procesos de cortado, descortezado, aserrado, secado y almacenamiento de productos forestales; y los procesos de matanza o beneficio, conservación y almacenamiento en actividades pecuarias y avícolas.
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