
El 24 de enero de 2008 la Secretaría General recibió de la Dirección de Regulación del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo de Colombia una comunicación vía electrónica, en la que se envió copia de la Resolución Nº 000126 del Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), de fecha 22 de enero de 2008, publicada en el Diario Oficial Nº 46.880 el 23 de enero de 2008, mediante la cual se suspendió temporalmente por el término de seis (6) meses el ingreso a Colombia de animales susceptibles y productos de riesgo capaces de transmitir o vehiculizar el virus de fiebre aftosa procedentes de la República Bolivariana de Venezuela, tiempo en el cual el ICA evaluará el riesgo de introducción de la enfermedad a Colombia, mediante la revisión de la información oficial actualizada sobre la situación sanitaria de la enfermedad o verificación in situ por sus propios funcionarios.
Ref. CAN. Secretaría General. Resolución 1148. Lima, 21/02/08
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