jueves, 19 de noviembre de 2009

La cuarentena de animales y vegetales importados

De acuerdo al Decreto Ley de Salud Agrícola Integral, del Instituto Nacional de Salud Agrícola Integral (INSAI) adscrito al Ministerio de Agricultura y Tierras, el Artículo 32 establece: "Los animales y vegetales, importados antes de ingresar al territorio nacional deberán cumplir un período de cuarentena en el país de origen, de acuerdo al Protocolo de Importación suscrito con dicho país, bajo la supervisión del Ejecutivo Nacional, a través de sus órganos y entes competentes, y un período de cuarentena en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela, en el que serán sometidos a observaciones clínicas, epidemiológicas y diagnóstico de laboratorio por un tiempo mínimo de treinta (30) días, con las excepciones correspondientes. Por razones epidemiológicas o sanitarias los períodos de cuarentena podrán ser más prolongados."

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