lunes, 31 de enero de 2011

Lo jurídicamente defendible sobre las tierras del Sur del Lago













De acuerdo al informe "El Régimen de la Propiedad, la Administración y afectación de las tierras baldías en ocasión de la intervención por parte del Instituto Nacional de Tierras, de las fincas en el Sur del Lago de Maracaibo del Estado Zulia" preparado en enero 2011 por el abogado Sergio Urdaneta para la Asociación Regional de Ganaderos del Guayabo (ARGAG), del Municipio Catatumbo del Estado Zulia, "el necesario recorrido constitucional y legal realizado, permitió hacer un amplio, detenido y detallado análisis jurídico, que nos lleva a establecer las siguientes conclusiones":

1. No es jurídicamente defendible la tesis según la cual, las tierras baldías que se encuentran en la jurisdicción de los Estados son de dominio privado de la Nación.

2. Es jurídicamente defendible la tesis según la cual, las tierras de dominio privado de la Nación, se encuentran ubicadas fuera de la jurisdicción de los Estados.

3. Es jurídicamente defendible la tesis según la cual, las tierras que se encuentran ubicadas dentro de la jurisdicción de los Estados, son del dominio privado de los Estados.

4. Es jurídicamente defendible, que las tierras intervenidas en el Sur del Lago de Maracaibo no son tierras de dominio privado de la Nación.
5. Es jurídicamente defendible, que hasta tanto se dicte la Ley Nacional relativa al régimen de las tierras baldías de los Estados, la ley aplicable a la administración de las tierras baldías; es la ley vigente relativa al régimen de las tierras baldías.

6. Es jurídicamente defendible, que “por razón a la materia” la ley vigente relativa al régimen de las tierras baldías es la Ley de Tierras Baldías y Ejidos.

7. Es jurídicamente defendible, que los productores agropecuarios tienen derecho a beneficiarse de “la ocupación” de las tierras baldías; de beneficiarse de “la posesión legitima de dos años”; de beneficiarse de las bienechurias; de beneficiarse del derecho de preferencia establecidos todos en la Ley de Tierras Baldías y Ejidos.

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