martes, 20 de febrero de 2007

Alimentos para ganado pagan 14% de IVA


1. El alimento concentrado para bovinos y porcinos quedó gravado en la nueva Ley con el 14%. De acuerdo a lo previsto en el numeral 2 del artículo 63.
2. El alimento de caprinos, ovinos y aves quedó gravado con el 8% igualmente todas las materias primas utilizadas en su elaboración. De acuerdo a lo previsto en el numeral 2 del artículo 63.
3. El maíz amarillo utilizado para alimentos concentrados de animales está ahora exento, según el numeral 9 del artículo 18; el maíz blanco o amarillo de consumo humano sigue exento, de acuerdo al numeral 8 del artículo 18.
El heno cosechado para la resiembra, o como material genético para la propagación de forrajes está exento de acuerdo al literal “a” del artículo 18.
Pero si se cosecha para la venta a clientes que lo utilicen como base para la fabricación de alimentos concentrados para animales o como alimento directo para consumo animal de caprinos, ovinos o aves quedó gravado con el 8%, y gravado con el 14% si su destino es la alimentación de bovinos o porcinos de acuerdo a lo estipulado en el numeral 2 del nuevo artículo 63.
En cuanto a la soca de sorgo y el sorgo:
El sorgo está exento como grano para la venta según el literal “t” del numeral 1 del artículo 18, pero la soca de sorgo, que es un forraje subproducto de la cosecha, si se recoge y se vende está gravada con el 8% como materia prima para la elaboración de alimentos concentrados o como alimento directo destinado a caprinos, ovinos o aves, si se destina a cualquier otra especie como alimento, o como base para la fabricación de aquellos, está gravada con el 14%.

Ref. Agroinformática - Boletín Informativo 5-2007. 20/02/07

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