
Si no existe ningún matadero en la zona tampón o de vigilancia, los animales susceptibles no podrán ser transportados al matadero más cercanosituado en la zona libre, para ser inmediatamente sacrificados, salvo que:
• Ningún animal de la explotación de origen haya presentado signos clínicosde Fiebre Aftosa durante por lo menos 30 días anteriores al desplazamiento.• Los animales hayan permanecido en la explotación de origen durante por lomenos los 3 meses anteriores al desplazamiento.• No haya aparecido Fiebre Aftosa en un radio de 10 kilómetros alrededorde la explotación de origen durante por lo menos los 3 meses anterioresal despacho.• Los productos de los animales deben ser consumidos en el mercado nacional.• Los animales sean transportados, bajo control de la autoridad veterinaria,d irectamente de la explotación de origen al matadero, en un vehículo previamentelavado y desinfectado y sin estar en contacto con otros animaless usceptibles a la enfermedad.• El matadero al que se llevan los animales no estará autorizado a exportar.• Los vehículos y el matadero serán escrupulosamente lavados y desinfectados inmediatamente después de haber sido utilizados.
Los productos y subproductos de animales susceptibles a la fiebre aftosa, incubando la enfermedad, enfermos (inaparentes o clínicos) o convalecientes,pueden contener virus y transmitir la enfermedad. En consecuencia, es necesario considerarlos cuando se trata de evitar la propagación del virus, estandocondicionada su movilización a una evaluación del riesgo y autorización.
No se permitirá la salida de restos de animales, ni se sacará fuera del lugar infectado heno, cama, estiércol, jaulas, canastos, vehículos u otros objetos, salvo excepciones con autorización expresa del veterinario oficial.
Ninguna persona, con excepción de los funcionarios autorizados,podrá entrar en el área. En caso de hacerlo, tendrá que vestir la indumentaria apropiada y desinfectar su calzado al salir. El número de personas que entren al área focal será lo más reducido posible. "
Ref. Manual de procedimientos para la atención de ocurrencias de fiebre aftosa y otras enfermedades vesiculares. Proyecto BID/PANAFTOSA – OPS/OMS para los países del MERCOSUR Ampliado. Río de Janeiro: PANAFTOSA -OPS/OMS, 2007.144p. (Serie de Manuales Técnicos No. 9O
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